El Tribunal Supremo reconoce a los autónomos societarios, el derecho a las bonificaciones de la tarifa plana previstas en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo . Como ya venía pronunciándose algunos juzgados, que fallaron contra la TGSS, los autónomos societarios también están incluidos en la categoría de personas que se pueden beneficiar de esta tarifa, como el resto de autónomos que iniciaban una actividad y no hubieran cotizado como autónomo en los últimos dos años. Si no pudo acogerse a la tarifa plana, por su condición de autónomo societario, contacte con nosotros, le ayudaremos a reclamar.